Paisajismo
Derechos de paisajismo Florida: Fla. Stat. section 373.185 explicado
Fla. Stat. section 373.185 define el paisajismo amigable con Florida y prohíbe que las restricciones de escritura, los convenios y las ordenanzas locales prohíban a los propietarios de propiedades usarlo.
Esta es una traducción de nuestra guía en inglés. La ley se publica en inglés: las citas del estatuto se muestran en el inglés original y prevalece el texto en inglés. Read in English
Qué cubre la ley
Section 373.185 define el paisajismo amigable con Florida como paisajes de calidad que conservan el agua, protegen el medio ambiente, se adaptan a las condiciones locales y toleran la sequía.
Los principios estatutarios del paisajismo amigable con Florida incluyen:
- Plantar la planta adecuada en el lugar adecuado
- Riego eficiente
- Fertilización adecuada
- Acolchado
- Atracción de vida silvestre
- Manejo responsable de plagas del jardín
- Reciclaje de desechos del jardín
- Reducción del escurrimiento de aguas pluviales
- Protección de la orilla del agua
Componentes adicionales incluyen la planificación y el diseño del paisaje, el análisis de suelo, el uso apropiado de compost de residuos sólidos, la minimización del riego y el mantenimiento adecuado.
Requisitos y límites clave
El estatuto establece protecciones específicas para los propietarios de propiedades con respecto a las opciones de paisajismo:
- Convenios de la asociación de propietarios (HOA) y restricciones de escritura: Una restricción de escritura o un convenio no puede prohibir ni aplicarse de manera que prohíba a cualquier propietario de propiedad implementar paisajismo amigable con Florida en su terreno. Los convenios tampoco pueden crear requisitos o limitaciones en conflicto con órdenes de escasez de agua, permisos de uso consumptivo o disposiciones relacionadas bajo part II of Chapter 373.
- Ordenanzas del gobierno local: Una ordenanza del gobierno local no puede prohibir ni aplicarse de manera que prohíba a cualquier propietario de propiedad implementar paisajismo amigable con Florida en su terreno.
- Programas de incentivos del distrito de manejo del agua: Los distritos de manejo del agua deben ayudar a los gobiernos locales con ordenanzas modelo y programas de incentivos para el desarrollo permitido después de la fecha de entrada en vigor de la ordenanza. Las ordenanzas deben abordar agrupaciones de plantas, análisis de suelo, riego eficiente, especies de plantas exóticas invasoras prohibidas consistentes con s. 581.091, especies controladas, porcentaje máximo de césped irrigado/superficies impermeables, estándares de desmonte de terrenos y programas de monitoreo.
Lista de verificación práctica para propietarios de viviendas
Los propietarios de viviendas que estén considerando cambios en el paisaje pueden tomar estos pasos neutrales y no legales:
- Lea los documentos rectores de su asociación y las enmiendas posteriores, que también pueden aplicarse a su propiedad.
- Conserve copias de todas las propuestas de paisajismo por escrito, los planos del sitio y los avisos enviados a o recibidos de su asociación de propietarios (HOA) o del gobierno local.
- Revise los materiales de orientación del Instituto de Ciencias de la Alimentación y la Agricultura de la Universidad de Florida o del Programa de Patios y Vecindarios de Florida para identificar prácticas reconocidas de paisajismo amigable con Florida.
- Revise periódicamente el texto oficial del estatuto y las ordenanzas locales para verificar actualizaciones o cambios.
Fuente
Fla. Stat. 373.185, texto oficial“A deed restriction or covenant may not prohibit or be enforced so as to prohibit any property owner from implementing Florida-friendly landscaping on his or her land”
“A local government ordinance may not prohibit or be enforced so as to prohibit any property owner from implementing Florida-friendly landscaping on his or her land.”
Preguntas frecuentes
¿Puede una restricción de escritura o un pacto de la HOA prohibir el paisajismo adaptado a Florida?
No. Según Fla. Stat. 373.185(3)(b), una restricción de escritura o pacto no puede prohibir ni aplicarse para prohibir que un propietario implemente paisajismo adaptado a Florida en su terreno.
¿Cuál es la definición legal de paisajismo adaptado a Florida?
Se define como paisajes de calidad que conservan el agua, protegen el medio ambiente, se adaptan a las condiciones locales y son resistentes a la sequía.
¿Pueden las ordenanzas del gobierno local prohibir que los propietarios implementen paisajismo adaptado a Florida?
No. Según Fla. Stat. 373.185(3)(c), una ordenanza del gobierno local no puede prohibir ni aplicarse para prohibir que un propietario implemente paisajismo adaptado a Florida en su terreno.
Esta página ofrece información legal general, no asesoramiento legal, y Harrington Community no es un bufete de abogados. Los estatutos se modifican con el tiempo y los documentos de gobierno de su asociación también pueden aplicar. Para obtener asesoramiento sobre su situación, comuníquese con un abogado certificado o con el servicio de referencia de abogados del colegio de abogados de su estado.